Intenciones comunicativas
¿Qué te dice el título del texto?
Lee el título del siguiente texto:
Será
obligatorio advertir sobre el peligro de productos fitosanitarios y plaguicidas
Pregúntate: ¿Qué te dice el título?, ¿hay palabras clave?, ¿cuál es la intención del autor?
Ahora lee el texto:
Los ministerios de Salud y Agricultura establecieron incorporar en toda
publicidad gráfica, sonora o audiovisual que se realice respecto de productos
fitosanitarios y plaguicidas domisanitarios, una frase que advierta sobre el
peligro de su uso inadecuado.
Por Resolución Conjunta 1562/2010 y 340/2010 publicada hoy en el Boletín
Oficial expresa que toda publicidad gráfica, sonora o audiovisual, incluyendo
los medios electrónicos o digitales, de productos fitosanitarios y plaguicidas
domisanitarios, inscriptos en los registros del Servicio Nacional de Sanidad y
Calidad Agroalimentaria (Senasa) y la Administración Nacional de Medicamentos,
Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) respectivamente, que se realice en el
ámbito nacional, deberá incluir en lugar visible y en forma destacada la
siguiente advertencia: “PELIGRO. SU USO INCORRECTO PUEDE PROVOCAR DAÑOS A LA
SALUD Y AL AMBIENTE. LEA ATENTAMENTE LA ETIQUETA”.
Expresa que en publicidad audiovisual la advertencia deberá estar sobreimpresa al pie de la imagen durante toda la emisión, con caracteres tipográficos de una altura mínima del dos por ciento de la pantalla, con el fin de permitir su lectura sin ningún esfuerzo.
La advertencia sobreimpresa se podrá reemplazar por una leyenda fija en letras blancas sobre fondo negro y con una altura mínima del siete por ciento de la superficie de la pantalla y una duración mínima de cinco segundos que se emita al finalizar el aviso.
La publicidad radial deberá finalizar con la advertencia, expresada en forma clara, fácilmente comprensible y sin fondo musical.
En publicidad gráfica, fija o de distribución, la advertencia deberá insertarse dentro del espacio destinado a la publicidad y ocupar como mínimo el tres por ciento de su superficie.
Se estableció un plazo de 90 días contados a partir de la entrada en vigencia de la resolución para adecuar las publicidades existentes a los nuevos requerimientos. La presente resolución entrará en vigencia mañana, tras ser publicada hoy en el Boletín Oficial.
En los considerandos expresa que la aplicación incorrecta de productos fitosanitarios y plaguicidas domisanitarios constituye un grave riesgo para la salud humana y el ambiente.
Agrega que en el marco de la Comisión Nacional de Investigación, creada por Decreto Nº 21 del 16 de enero de 2009, se estableció la importancia de instrumentar herramientas para concientizar a la población sobre esos riesgos y promover un uso adecuado de los mismos.
La Comisión tiene como objetivo establecer pautas para contribuir al uso racional de químicos y agroquímicos y proponer campañas de concientización sobre el uso y manipulación de químicos y agroquímicos, entre otras.
Expresa que en publicidad audiovisual la advertencia deberá estar sobreimpresa al pie de la imagen durante toda la emisión, con caracteres tipográficos de una altura mínima del dos por ciento de la pantalla, con el fin de permitir su lectura sin ningún esfuerzo.
La advertencia sobreimpresa se podrá reemplazar por una leyenda fija en letras blancas sobre fondo negro y con una altura mínima del siete por ciento de la superficie de la pantalla y una duración mínima de cinco segundos que se emita al finalizar el aviso.
La publicidad radial deberá finalizar con la advertencia, expresada en forma clara, fácilmente comprensible y sin fondo musical.
En publicidad gráfica, fija o de distribución, la advertencia deberá insertarse dentro del espacio destinado a la publicidad y ocupar como mínimo el tres por ciento de su superficie.
Se estableció un plazo de 90 días contados a partir de la entrada en vigencia de la resolución para adecuar las publicidades existentes a los nuevos requerimientos. La presente resolución entrará en vigencia mañana, tras ser publicada hoy en el Boletín Oficial.
En los considerandos expresa que la aplicación incorrecta de productos fitosanitarios y plaguicidas domisanitarios constituye un grave riesgo para la salud humana y el ambiente.
Agrega que en el marco de la Comisión Nacional de Investigación, creada por Decreto Nº 21 del 16 de enero de 2009, se estableció la importancia de instrumentar herramientas para concientizar a la población sobre esos riesgos y promover un uso adecuado de los mismos.
La Comisión tiene como objetivo establecer pautas para contribuir al uso racional de químicos y agroquímicos y proponer campañas de concientización sobre el uso y manipulación de químicos y agroquímicos, entre otras.
http://www.prensa.argentina.ar/2010/09/23/12153-sera-obligatorio-advertir-sobre-el-peligro-de-productos-fitosanitarios-y-plaguicidas.php
Completa:
Las palabras clave en el título son:
y Aunque las palabras clave se refieren a las intenciones y de , la intención del autor no es ordenar ni advertir, ya que da a conocer la orden o disposición para que se incluya una advertencia sobre el peligro del mal manejo de productos fitosanitarios y plaguicidas. Por lo tanto, la intención del autor es .
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